Propiedad Intelectual e Industrial

El Derecho de Propiedad Intelectual e Industrial desempeña un papel crucial al proteger la innovación y la creatividad, proporcionando seguridad a los creadores, asegurando la protección de inversiones y fomentando la competencia leal y el desarrollo económico.

 

Soluciones Legales para Empresas

En Torroledo Law, nuestro enfoque está guiado por estrictos criterios legales de orden nacional e internacional para la Protección de Derechos de Propiedad Intelectual o Propiedad Industrial; estamos comprometidos con los principios y reglas que atribuye la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) en materia de servicios, productos, políticas, información y cooperación de la propiedad intelectual.

A través de la Propiedad Intelectual (PI) los creadores y personas innovadoras pueden convertir sus ideas en activos esenciales para sus empresas y negocios; generando beneficios económicos y sociales. Para ello es necesario el Registro como medio de protección legal ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en Colombia, la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), la EUIPO (Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea), entre otros organismos gubernamentales en cada extensión territorial donde se pretenda comercializar un producto o servicio.

Cabe resaltar, que además de la reglamentación impartida por la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio). Colombia, es miembro de Tratados, Convenios, Convenciones, Protocolos Internacionales y Regionales, que pueden desencadenar decisiones sustanciales de la SIC en el Concesión de un Registro de cualquiera de sus intangibles, entre ellos:

  • Registros de Marca.
  • Signos Distintivos.
  • Nombres y Enseñas Comerciales.
  • Denominación de Origen.
  • Lemas Comerciales
  • Patentes de Invención.
  • Patentes de Modelo de Utilidad.
  • Diseños Industriales.

O bien, pueden jugar un papel indispensable en la defensa técnica legal frente a:

  • Oposiciones de terceros
  • Requerimientos de la SIC.
  • Apelaciones.
  • Solicitudes de Cancelación por No Uso, incluso ante otros órganos competentes en el exterior.

Destacando además, la contribución a una base legal sólida y contundentemente aplicable en la defensa de sus intereses que comprometan sus derechos en Procesos Jurisdiccionales o Penales tales como:

  • Usurpación de Derechos de Propiedad Industrial.
  • Conductas de Competencia Desleal.
  • Actos de confusión.
  • Engaño.
  • Explotación de la Reputación Ajena, y cualquier comportamiento que genere una afectación a sus derechos protegidos y amparados por la ley.

Marco legal internacional aplicable:

Colombia hace parte de Tratados, Convenios, Protocolos, Convenciones, y Decisiones internacionales que nos permiten defender sus intereses durante un proceso de Registro, Protección y Amparo de sus derechos de propiedad intelectual o industrial que pretende mantener o proteger, algunas de estas directrices se encuentran en:

  • Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas (WPPT): Enfocado al entorno digital: i) los artistas intérpretes o ejecutantes (actores, cantantes, músicos, etc.) y ii) los productores de fonogramas.
  • Arreglo o Protocolo de Madrid: El sistema permite proteger una marca en gran número de países mediante la obtención de un registro internacional que surte efecto en cada País Miembro y tiene como finalidad flexibilizar la legislación nacional de determinados países.
  • Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT): Su objetivo es armonizar y agilizar los procedimientos nacionales y regionales de registro de marcas.
  • Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión.
  • Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial: Se aplica a la propiedad industrial en su acepción más amplia, con inclusión de las patentes, las marcas, los dibujos y modelos industriales, los modelos de utilidad, las marcas de servicio, los nombres comerciales, las indicaciones geográficas y a la represión de la competencia desleal.
  • Convenio de Bruselas sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélite.
  • Protocolo o Arreglo de Madrid: Este permite proteger una marca en gran número de países mediante la obtención de un registro internacional que surte efecto en cada una de las Partes Contratantes que se hayan designado.
  • Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT): Permite buscar protección por patente para una invención en muchos países al mismo tiempo mediante la presentación de una solicitud “internacional” de patente.
  • Decisión 486 COMISIÓN DE LA COMUNIDAD ANDINA: Protege toda ventaja, favor, privilegio o inmunidad que conceda un País Miembro a los nacionales de otro País Miembro de la Comunidad Andina, por lo que se hará extensiva a los nacionales de cualquier miembro de la OMC o del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial.

Descripción de Servicios Legales en Propiedad Intelectual o Industrial cubiertos por Torroledo Law:

Trámite administrativo que se adelanta ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas que pueden llevarse a cabo en un término de seis meses o más dependiendo de lo que ocurra en cada etapa, entre ellas; si se presenta la necesidad de responder requerimientos, oposiciones o apelaciones.

Este registro, concede al titular (Personas y/o Empresas Nacionales o Extranjeras), el derecho de impedir el Uso No Autorizado de terceros de su imagen o nombre, permitiéndoles proteger su posicionamiento en el mercado, su prestigio, importancia y valor comercial.

El registro puede realizarse teniendo en cuenta los siguientes elementos:

  • Nominativa: Composición de Palabras.
  • Figurativa o Gráfica: Logotipo. (Con o sin reivindicación de colores)
  • Mixta: Comprende la composición de palabras e imagen que lo represente.

El registro protege su marca durante un período de diez años a partir de la fecha de la concesión del derecho otorgado por la SIC, éste es renovable por períodos sucesivos de diez años más.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de su marca, procuramos ampliar las probabilidades de concesión de registro marcario, reducimos el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

Trámite administrativo que se adelanta ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas que pueden llevarse a cabo en un término de seis meses o más dependiendo de lo que ocurra en cada etapa, entre ellas; si se presenta la necesidad de responder requerimientos, oposiciones o apelaciones.

El poseedor (Personas y/o Empresas Nacionales o Extranjeras) de este registro, tiene el derecho de evitar que terceros usen un signo distintivo idéntico o similar, que pueda causar confusión o riesgo de asociación con su empresa, sus productos o servicios. Pudiendo también prevenir daños económicos o comerciales injustos, o que exista una explotación indebida del prestigio de la empresa.

El registro de Enseña Comercial puede realizarse teniendo en cuenta los siguientes elementos:

  • Palabras, letras, números, dibujos, imágenes, formas, colores, logotipos, figuras, símbolos, gráficos, monogramas, retratos, etiquetas, emblemas, escudos, o combinación de estos elementos.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de sus nombres o enseñas comerciales, procuramos ampliar las probabilidades de concesión del registro, reducimos el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

Trámite administrativo que se adelanta ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas que pueden llevarse a cabo en un término de seis meses o más dependiendo de lo que ocurra en cada etapa, entre ellas; si se presenta la necesidad de responder requerimientos, oposiciones o apelaciones.

La protección otorgada a (Personas y/o Empresas Nacionales o Extranjeras) relativas a las denominaciones de origen protege el reconocimiento y reputación de un producto, resultado del esfuerzo colectivo para mantener sus cualidades geográficas.

Vigencia: Esta protección está vinculada a la subsistencia de las condiciones que definen esas cualidades, y su duración depende de ello.

Territorialidad: Colombia. La protección de la Denominación de Origen no se hace extensiva a otros países.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de su Denominación de Origen, procuramos ampliar las probabilidades de concesión del registro, reducimos el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

Trámite administrativo que se adelanta ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas que pueden llevarse a cabo en un término de seis meses o más dependiendo de lo que ocurra en cada etapa, entre ellas; si se presenta la necesidad de responder requerimientos, oposiciones o apelaciones.

La finalidad principal de los Lemas Comerciales o Slogans consiste en complementar la Marca, su conformación puede varias entre, Una Palabra, Frase o Leyenda, vislumbrando la filosofía empresarial del producto o servicios que protegen sus marcas, por ello solo son registrables si se unifica con una marca registrada.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de su Denominación de Origen, procuramos ampliar las probabilidades de concesión del registro, reducimos el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

La mayor importancia de ser titular de una Patente de Invención, es ser acreedor de un privilegio concedido por el Estado como reconocimiento de sus inversiones y esfuerzos en desarrollar una solución técnica beneficiosa para la humanidad. Permitiendo al inventor a través de la concesión, la explotación en diversos ámbitos, entre ellos, la comercialización directa del producto patentado, la concesión de licencias a terceros o la transferencia de derechos a través de la venta para que otros aprovechen su invención. Aumentando significativamente sus beneficios económicos.

Este proceso lo conoce la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas según los requisitos del Inventor, las cuales pueden tardar un tiempo prudencial que supera un año y en ocasiones dos o más.

Dentro de las circunstancias que pueden hacer que el proceso se extienda en el tiempo son:

  • Examen de forma: Responder Requerimientos, verificación de cumplimiento de requisitos legales, completar elementos faltantes dentro de los términos legales,
  • Publicación y oposiciones: Presentación o Respuesta a oposiciones que intentan desvirtuar la posibilidad de que la solicitud se convierta en patente.
  • Examen de patentabilidad: Solicitud de Examen de Patentabilidad, demostrando el nivel inventivo, la aplicación industrial y el cumplimiento de los requisitos legales. De lo contrario se considerará abandonada.
  • Solicitud Internacional de Patente – Alcance PCT
  • Trámite de Introducción de modificaciones en la solicitud de una patente, siempre que no implique el objeto de la protección inicialmente presentada.
  • Trámite de Solicitud de cambio de modalidad: Convirtiéndola en patente de modelo de utilidad o en diseño industrial siempre y cuando la naturaleza de la invención lo permita.
  • Trámite de Solicitud de División en dos o más fracciones, siempre que no implique ampliación de la protección que corresponda a la divulgación de la solicitud inicial.
  • Trámite de Solicitud de Fusión de dos o más patentes, cuando no implique una ampliación de la protección y que el resultado de la fusión cumpla con el requisito de unidad de invención.
  • Presentación de Recurso de Reposición en contra de la decisión desfavorable.

Vigencia: Este privilegio otorga al inventor el derecho exclusivo de explotar su invento durante un período de 20 años.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de Patente de Invención, contamos con Ingenieros en distintas áreas especializadas para que acompañe el proceso desde el ámbito técnico y Torroledo Law desde el ámbito Legal y Procedimental; uniendo esfuerzos y procurando ampliar las probabilidades de concesión del registro a nivel nacional e internacional (Alcance PCT), reduciendo a su vez, el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

La mayor importancia de ser titular de una Patente de Modelo de Utilidad, es ser acreedor de un privilegio concedido por el Estado como reconocimiento de sus inversiones y esfuerzos en mejorar o modificar la forma, configuración o disposición de elementos en un objeto existente, brindando un mejor funcionamiento o alguna utilidad que antes no existiere.

Permitiendo al inventor a través de la concesión, la explotación en diversos ámbitos, entre ellos, la comercialización directa del producto patentado, la concesión de licencias a terceros o la transferencia de derechos a través de la venta para que terceros lo comercialicen. Aumentando significativamente sus beneficios económicos.

Este proceso lo conoce la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas según los requisitos del Inventor, las cuales pueden tardar un tiempo prudencial que supera un año y en ocasiones dos o más.

Dentro de las circunstancias que pueden hacer que el proceso se extienda en el tiempo son:

  • Examen de forma: Responder Requerimientos, verificación de cumplimiento de requisitos legales, completar elementos faltantes dentro de los términos legales,
  • Publicación y oposiciones: Presentación o Respuesta a oposiciones que intentan desvirtuar la posibilidad de que la solicitud se convierta en patente.
  • Examen de patentabilidad: Solicitud de Examen de Patentabilidad, demostrando el nivel inventivo, la aplicación industrial y el cumplimiento de los requisitos legales. De lo contrario se considerará abandonada.
  • Solicitud Internacional de Patente – Alcance PCT
  • Trámite de Introducción de modificaciones en la solicitud de una patente, siempre que no implique el objeto de la protección inicialmente presentada.
  • Trámite de Solicitud de cambio de modalidad: Convirtiéndola en patente de modelo de utilidad o en diseño industrial siempre y cuando la naturaleza de la invención lo permita.
  • Trámite de Solicitud de División en dos o más fracciones, siempre que no implique ampliación de la protección que corresponda a la divulgación de la solicitud inicial.
  • Trámite de Solicitud de Fusión de dos o más patentes, cuando no implique una ampliación de la protección y que el resultado de la fusión cumpla con el requisito de unidad de invención.
  • Presentación de Recurso de Reposición en contra de la decisión desfavorable.

Vigencia: Este privilegio otorga al inventor el derecho exclusivo de explotar su invento durante un período de 10 años.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de Patente Modelo de Utilidad, contamos con Ingenieros en distintas áreas especializadas para que acompañe el proceso desde el ámbito técnico y Torroledo Law desde el ámbito Legal y Procedimental; uniendo esfuerzos y procurando ampliar las probabilidades de concesión del registro a nivel nacional e internacional (Alcance PCT), reduciendo a su vez, el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

Trámite administrativo que se adelanta ante la SIC (Superintendencia de Industria y Comercio) y contempla distintas etapas que pueden llevarse a cabo en un término de seis meses o más dependiendo de lo que ocurra en cada etapa, entre ellas; si se presenta la necesidad de responder requerimientos, oposiciones o apelaciones.

La protección de los Diseños Industriales se refiere a la forma externa, bidimensional o tridimensional, que se le confiere a un producto una apariencia única. Este reconocimiento de la SIC es esencial para la innovación estética de productos, ya que la creatividad en la apariencia no solo influye en las preferencias personales, sino que también tiene un impacto significativo en la competitividad empresarial y económica de un país.

El registro de diseño industrial protege exclusivamente la estética de los productos, ya sea en formato bidimensional, como grabados en productos, o tridimensional, abarcando cualquier objeto que ocupe espacio en las tres dimensiones (ancho, alto y profundo). Esta protección no solo valora el esfuerzo intelectual del creador, sino que también agrega valor económico y comercial al ofrecer una variedad en la elección del consumidor.

En Torroledo Law le brindamos asistencia legal en cada etapa del proceso de registro de sus Diseños Industriales, procuramos ampliar las probabilidades de concesión del registro, reducimos el riesgo de obtener una decisión contraria a la solicitada, al tiempo de minimizar tiempo, costos y reprocesos.

Nuestro propósito es minimizar riesgos y maximizar oportunidades, para que el empresario o emprendedor, se ocupe de ver oportunidades de expansión en su segmento de mercado, dejándole a Torroledo Law el compromiso de llevar a cabo los trámites complejos, simples y especializados de carácter administrativo y burocrático.

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